03/May/2024
Portal, Diario del Estado de México

La Onda Plana

Fecha de publicación:

Eric Rosas

Sin patentes nadie invertiría

La semana pasada el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACyT) organizó un foro de varios días en el que buscó legitimar el discurso con el que su titular, la bióloga María Elena Álvarez-Buylla Roces, ha intentado justificar sus varias acciones en contra de la comunidad científica de México. Dado que en los tres años que lleva en el cargo la titular del CONACyT sólo ha atinado a desmantelar los programas con los que esa dependencia había venido funcionando durante las décadas recientes, pero no ha propuesto y mucho menos implementado, alternativa alguna, quizá pensó que este espacio podría servirle también para hacer pasar como propias algunas acciones realizadas con anterioridad a su gestión.

Por ejemplo, en redes sociales aseguró que fue la presente administración la que reconoció el derecho de los mexicanos a la ciencia. Nada más alejado de la realidad, pues conviene recordar que el derecho de las personas al acceso al conocimiento científico, al beneficio derivado de este y al usufructo de su propiedad intelectual, fue reconocido por el Estado Mexicano desde 1981, cuando se adhirió al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).

Fue mediante la adhesión a este PIDESC, que México se comprometió a garantizar no sólo el derecho a la ciencia, sino todos los plasmados en la Declaración Universal de Derechos Humanos adoptada y proclamada por las Naciones Unidas en 1948. Esta garantía que el Estado Mexicano ofrece a los mexicanos se recoge, por consecuencia, en el primer artículo de nuestra Constitución desde hace muchos años, y lo único que en realidad es reciente, es la inclusión de un párrafo en el que se hace explícito este derecho en particular.

Pero dejando de lado esta exageración de parte de la directora del CONACyT, lo que en realidad preocupa es que, a través de algunos de los oradores, pretendió confundir a la comunidad académica y sociedad mexicanas con las implicaciones de estos derechos. Cuando un invitado a ese foro intervino, tergiversó por completo la actividad científica con la tecnológica al, por ejemplo, asegurar, palabras más, palabras menos, que la propiedad intelectual era un instrumento que despojaba a las personas de su derecho a la ciencia y se lo entregaba de manera exclusiva a unos cuantos. Resulta incomprensible que en un académico exista tal ignorancia de conceptos, a menos, claro, que no la haya y sólo se busque sembrar confusión.

En México, como en todos los países desarrollados, es imprescindible contar con un marco legal que proteja los derechos morales y patrimoniales de los autores y los inventores, pero es claro que la generación y aplicación del conocimiento no se logra sin insumos como la creatividad, la inventiva, el dinero, las instalaciones y el tiempo. Por lo tanto, resulta igualmente legítimo y justo que aquellas personas físicas o morales que invierten recursos materiales públicos o privados para que otros puedan destinar su tiempo y explotar su creatividad o inventiva de manera plena, gocen de los beneficios económicos que se deriven de los resultados, por ejemplo, a través de regalías o de licenciamientos. Este marco legal ha prevalecido desde tiempos remotos en todo el mundo mediante el otorgamiento de las patentes. Si de pronto en México se suprimiera esta práctica que da certeza jurídica, lo que podría pasar es que nadie encontraría motivación alguna para invertir en desarrollo tecnológico, pues no podría obtener ningún beneficio a partir de sus inventos.

Lo anterior, dicho sin aberraciones.

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