René Tomás Pérez Ávila
La Reforma Judicial, impulsada por el Gobierno de López Obrador y cristalizada en el actual régimen de Claudia Sheinbaum, no sin la férrea oposición de la gran mayoría de los integrantes del Poder Judicial de la Federación, y también de los Estados de la República, es sin duda un parteaguas, en el modo de administrar justicia en México, pues la elección de las personas juzgadoras mediante el voto popular cambia radicalmente la manera en que se hacían los nombramientos de Ministros, Magistrados, Jueces de Distrito del poder judicial de la Federación, este cambio también se reflejará en los sistemas de impartición de justicia en las entidades federativas
Es saludable, esta nueva visión que implica un cambio de paradigma en el modo de impartir justicia, toda vez que la reforma tiene como eje fundamental, el combate a la corrupción, el nepotismo así como terminar con el anquilosamiento de un añejo sistema, viciado en muchos aspectos, lo que ha propiciado que la percepción del pueblo sobre la integridad de los juzgadores sea mayoritariamente negativa.
Por ello, considero que esta reforma se constituirá como un importante hito en la historia jurídica de nuestra nación, Sin embargo, de manera preocupante percibo que su alcance es limitado, pues los cambios no tocaron a la impartición de justicia en materia administrativa que imparten los tribunales de la materia, tanto en el ámbito federal, como en el ámbito estatal, pues cada estado de la República cuenta con un Tribunal especializado en dirimir los conflictos que se suscitan entre los particulares en su carácter de gobernados y la Administración Pública del Estado y de sus Municipios.
Por principio de cuentas, cabe cuestionar la naturaleza de un Tribunal ubicado en la esfera del Poder Ejecutivo, que juzga la actuación de sus propios integrantes, me explico, por disposición del artículo 49 Constitucional, el poder para su ejercicio se divide en Legislativo, Ejecutivo y Judicial cada uno con sus propias atribuciones. Así en términos generales, el poder Ejecutivo administra, el poder Legislativo, legisla, hace las Leyes y el Poder Judicial, juzga e imparte justicia. De este modo, la primera objeción, que muchos juristas, a lo largo de la historia nacional han expresado en torno a la naturaleza de este órgano jurisdiccional es ¿cómo es posible que el poder Ejecutivo tenga su propio tribunal para juzgar sus actos? ¿No sería mejor que los actos emanados del Poder Ejecutivo también fueran juzgados y analizados por el Poder Judicial?
En el Estado de México, la justicia administrativa se imparte por el Tribunal de la materia, primeramente llamado Tribunal de lo Contencioso Administrativo y actualmente Tribunal de Justicia Administrativa, mismo que según su Ley Orgánica, está dotado de autonomía e independencia para dictar sus fallos, lo que en realidad es una falacia, puesto que es muy difícil los Magistrados que integran este tribunal, que fueron nombrados por el Ejecutivo, “le den patadas al pesebre“, bajo este contexto, es evidente que la justicia administrativa está controlada por el Ejecutivo y debido a la supuesta autonomía de que está revestido, se rige por sus propias normas y por tanto, quedará excluido de la Reforma Judicial, esto permitirá que el tribunal siga funcionando como hasta ahora con una serie de deficiencias que hacen nugatoria la justicia administrativa, pues es innegable que en las actuales circunstancias esta no llega sin demora para los justiciables, para los gobernados.
En efecto, los tramites de demandas ante ese Tribunal resultan, por demás tardados, si se comparan con los que en el mismo sentido se realizan en los juzgados civiles del Estado, como botón de muestra cuando usted presenta una demanda ante un Juzgado de materia Civil o Familiar en el Estado de México, el acuerdo de recepción de la misma se publica a más tardar en tres días, en tanto en el Tribunal de Justicia Administrativa local, pasan hasta quince días en el mejor de los casos para que se dicte el acuerdo inicial, además de qué la atención de los servidores públicos que actualmente laboran en este órgano de justicia, deja mucho que desear, pues aún cuando los efectos de la pandemia de coronavirus han quedado afortunadamente superados, los Magistrados, los Secretarios de Acuerdos y aún el personal administrativo siguen encerrados en una “torre de Marfil” en la que difícilmente tienen acceso los usuarios y aun los abogados para plantear sus asuntos ante el titular de la Sala de jurisdicción ordinaria o de Revisión, el Tribunal se ha burocratizado a tal grado que una vez que el visitante ha registrado su acceso al interior de las oficina, ya dentro del mismo Tribunal para pasar de una sala, a otra, que se encuentra a unos pasos y en el mismo piso, se requiere cambiar de gafete de un color a otro, lo que implica regresar al punto de registro y gestionar el cambio de gafete, lo cual resulta por decir lo menos, absurdo. Y ni hablar del perfil de los Magistrados que en un noventa por ciento, no cumplen con la preparación técnica y jurídica que requiere el desempeño de tan importante cargo, pues en últimas fechas se les ha designado, sólo por razones políticas, compadrazgos, amistades y algunos otros intereses probablemente inconfesables. De ahí que también resulta necesaria una reforma similar a la que se practica en el Poder Judicial, para que estos funcionarios, una vez superados los filtros de idoneidad por un Comité ad hoc, también sean electos por el voto popular, ello ayudaría mucho a eficiente la impartición de justicia administrativa, para que esta sea pronta, completa e imparcial como lo ordena el artículo 17 de nuestra Constitución Política, es deseable, entonces que en un futuro próximo se revise la actuación de los Tribunales Administrativos, y que también sean sujetos de una reforma similar a la que se está practicando al Poder Judicial. Es cuánto.
*Magistrado en retiro del Tribunal de Justicia administrativa del Estado de México
Columnista: René Tomás Pérez Ávila |
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