2021-08-19-actuo-el-teem-por-consigna-para-quitarnos-una-diputacion-denuncia-el-pt

Actuó el TEEM por consigna para quitarnos una diputación, denuncia el PT

Elena Aguilar  

La dirigencia del Partido del Trabajo (PT) en el Estado de México rechazó la sentencia del Tribunal Electoral mexiquense (TEEM) en la que por tema de género quitó una diputación a quien ya había sido nombrado coordinador, Joel Cruz, para entregársela a Imelda Montiel.  

“Rechazamos la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México por violentar la Constitución del Estado Libre y Soberano de México”, menciona documento formado por el dirigente estatal Norberto Morales. 

Asimismo se dio a conocer que, en su interpretación, los magistrados Raúl Flores Bernal, Presidente, Jorge E. Muciño Escalona, Leticia Victoria Tavira, Martha Patricia Tovar Pescador y Víctor Oscar Pasquel Fuentes, actuaron por consigna para favorecer a los partidos mayoritarios Morena, PRI, PAN, en agravio del Partido del Trabajo. 

Es por ello que indicaron que resulta lamentable para la democracia y el orden constitucional, por repetida ocasión, el comportamiento de los magistrados que se erigen como actores políticos, antes que juzgadores imparciales e independientes, para impartir justicia electoral. 

“Se demuestra una vez más los temores del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, en desconfiar de los tribunales electorales”.  

Precisaron que la evidencia señala al Tribunal Electoral del Estado de México como un ente subordinado al Poder Ejecutivo antes que una institución autónoma, pues basta con recordar la interpretación “truculenta” que hizo de la ley en 2018, al considerar a la “Coalición Juntos Haremos Historia”, como si fuera un solo partido político, con esta endeble interpretación violatoria de la ley, dejó sin diputados de representación proporcional al partido Morena, obviamente, en circunstancias políticas diferentes”.  

A través de un documento dieron a conocer que cumplen con lo dispuesto en el Artículo 39 de la Constitución del Estado Libre y Soberano de México en materia de representación proporcional y paridad de género que refiere que al acreditar, como partido político, la postulación de candidatas y candidatos propios de mayoría relativa en por lo menos 30 distritos electorales y haber obtenido al menos el 3% de la votación válida emitida tuvimos derecho a la asignación de un diputado de representación proporcional, independientemente de los triunfos de mayoría obtenidos. 

Además de que cumplen con lo establecido en la fracción III en donde se señala que realizada la distribución de una curul a los partidos que hayan cumplido con el 3% se procederá a asignar al resto de las diputaciones de representación proporcional, conforme a la fórmula establecida en la ley, respetando el principio de paridad de género. 

(Foto: cortesía) 


Categoría:
Nacional
Etiquetas:

    No hay etiquetas asociadas a éste artículo.

Vistas:
138

Notas Relacionadas