Marisela González
El Congreso del Estado de México endureció las penas por el delito de acoso sexual a través del uso de las tecnologías, conocido como ciberacoso, hasta por 16 años de prisión y una multa equivalente a 90 mil 515 pesos (800 Unidades de Medida de Actualización) cuando se cometa contra menores de edad o personas con discapacidad.
En la modificación al Código Penal mexiquense incluyeron el término del uso de nuevas tecnologías para contactar y engañar a menores de edad, el objetivo es castigar a quien haga uso de dichas herramientas de la información y la comunicación o cualquier otro medio para concretar un encuentro sexual con menores de edad u obtener material audiovisual con contenido explícito.
La propuesta del legislador de Morena, Carlos Zurita, establece penas de hasta 8 años de prisión y una multa de 45 mil 256 pesos (400 UMAs) para quien cometa este delito contra cualquier persona; sin embargo, enfatiza que el castigo se elevará al doble si el delito se comete contra menores de edad o personas discapacitadas.
La iniciativa, dijo el legislador, fortalece las atribuciones de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes estatal para proteger a este sector; se integran medidas para la protección inmediata de víctimas menores en coordinación con autoridades judiciales, de salud y procuración de justicia, con un enfoque integral, sin discriminación y sin revictimización.
Además, incluye a las instituciones de salud para brindar atención a las víctimas de violencia, con la obligación de notificar a la Procuraduría de Protección y al Ministerio Público para la activación de medidas urgentes.
(Foto: web)
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