Otorgar datos personales no garantiza una mejor persecución de los delitos, así lo señaló el comisionado del Instituto de Transparencia de la entidad, Javier Martínez Cruz, quien opinó respecto de la propuesta de creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM).
Elena Aguilar
El comisionado agregó que datos como el reconocimiento facial, de ojos y la huella dactilar se consideran datos personales sensibles, los cuales requieren de un tratamiento especial y un nivel de seguridad mayor, por lo que su recolección demanda el cumplimiento estricto de la normatividad nacional en la materia.
Dio a conocer que la intención de convertir en obligatoria la entrega de los datos biométricos del usuario de telefonía móvil, iría en contra del derecho a la autodeterminación informativa, como esa herramienta jurídica para preservar la identidad, dignidad y libertad de que cada dueña o dueño de los datos personales decida a quién entregar su información, por cuánto tiempo y bajo qué finalidades, es decir, tener control sobre sus propios datos.
Mencionó que en el ámbito federal, el INAI cuenta con la facultad de promover una acción de inconstitucionalidad respecto de este padrón, cuya operación podría vulnerar seriamente un derecho fundamental a la protección de los datos personales, consagrado en la Constitución mexicana.
Adicionalmente, dijo que el país se encuentra adherido a normatividad internacional como el Tratado entre Estados Unidos, México y Canadá (T-MEC) y el Convenio 108, por lo que la implementación de este padrón constituiría un retroceso en la materia, pero sobre todo, marcharía contra un derecho fundamental dedicado a resguardar la dignidad humana.
(Foto: web)
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