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Penalizarán hasta con 5 años de cárcel propagación de contenido sexual generado por IA en Edomex

Martha Romero 

El Congreso del Estado de México aprobó sancionar con hasta cinco años de prisión y 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) que equivalen a 56 mil 570 pesos, la difusión no consentida de imágenes, audios o videos de contenido sexual manipulados a través de la Inteligencia Artificial (IA).

La iniciativa de la autoría de la diputada Lilia Urbina Salazar y el diputado Elías Rescala Jiménez, integrante y coordinador de la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI) establece que la persona que, haciendo uso de la IA, manipule imágenes, audios o videos de contenido íntimo sexual para crear hechos falsos con apariencia real, con el propósito de exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar o compartirlos a través de materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otro medio tecnológico, sin el consentimiento expreso, voluntario, genuino y deseado de las personas que en ellos aparecen.

El proyecto de reforma al Código Penal del Estado de México identifica a la IA como aplicaciones, programas o tecnologías que analicen fotografías, audios o videos y efectúen ajustes automáticos para realizar alteraciones o modificaciones.

El documento resalta el caso de Diego 'N', exalumno del Instituto Politécnico Nacional (IPN) detenido en octubre de 2023 con más de 166 mil imágenes y 20 mil videos sin consentimiento de sus compañeras.

Considera la urgencia de reconocer que este tipo de conductas representan una grave violación a los derechos humanos, pues afectan directamente el derecho a la intimidad, especialmente el de niñas, adolescentes y mujeres; además de que atentan contra la dignidad humana al cosificar a la víctima y ocasionar daños psicológicos.

Asimismo, detalla que estas conductas vulneran el derecho a la propia imagen, al permitir su explotación y manipulación sin consentimiento, y transgreden el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias, particularmente en su dimensión digital.

Por último, la reforma plantea equiparar las penas con la siguiente conducta vigente: a quien, con la anuencia del sujeto pasivo, haya obtenido imágenes, audios, textos o grabaciones de voz, o contenidos audiovisuales de naturaleza erótica, sexual o pornográfica, y los revele, publique, difunda o exhiba sin consentimiento de la víctima a través de cualquier tecnología de la información y la comunicación.

(Foto: Especial Portal)


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Legislatura
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