Paridad de género en la elección de autoridades auxiliares municipales, una tarea pendiente
Claudia Elisa López Miranda
La lucha por la paridad en el acceso a puestos de elección popular ha logrado el establecimiento de criterios para impulsar la participación igualitaria de hombres y mujeres. La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE) y la Ley General de Partidos Políticos (LGPP), contienen una serie de lineamientos que aspiran a garantizar derechos políticos a las mujeres.
Si bien esto se traduce en avances significativos en los congresos y los ayuntamientos, hay un ámbito de participación política donde la regulación sobre paridad sigue siendo una tarea pendiente: las elecciones de autoridades auxiliares municipales. Adriana Sánchez Huitrón, especialista en equidad de género y egresada de la maestría en género, violencia y políticas públicas de la Universidad Autónoma del Estado de México, desarrolló un interesante proyecto de investigación al respecto. Se trató de un análisis en torno a la ausencia de regulación formal para garantizar paridad en las elecciones de autoridades auxiliares, Adriana estudió el caso de los y las delegadas en Ixtlahuaca Estado de México y compartió con el Círculo Feminista Alaíde Foppa una serie de reflexiones al respecto.
CE: ¿Por qué es importante hablar de paridad de género en la elección de autoridades auxiliares si ya existen reglas de paridad para la elección de cargos públicos?
AS: Si bien ha habido avances a nivel legislativo, las leyes existentes no alcanzan a regular la elección de autoridades auxiliares, debido a que éste es un proceso que depende exclusivamente del municipio, es decir, se gestiona desde el cabildo. Es importante mencionar que la elección de autoridades auxiliares sí está señalada en la Ley Orgánica Municipal, pero ésta sólo establece que las elecciones deben realizarse en determinado tiempo y cuáles son las funciones de las autoridades, no obstante, no ofrece criterios de paridad.
CE: ¿Por qué consideras que es importante que las mujeres tengan representatividad en esos espacios?
AS: Porque me parece que es el nivel de mayor proximidad con la comunidad, es decir, los delegados son el primer reconocimiento que tiene la comunidad de una figura de autoridad formal, al ver sólo hombres lo que se reproduce es el liderazgo masculino, el tomador de decisiones masculino, la autoridad masculina y la representación en el espacio público de lo masculino, es crucial intervenir estos procesos porque es allí donde las mujeres pueden o no verse identificadas y reflejadas, es decir, que sea una mujer la que ostente el cargo puede tener el efecto de que las niñas o las otras mujeres contemplen que es posible que una mujer esté al frente.
CE: ¿Por qué es importante que eso esté regulado formalmente?
AS: Porque si bien el hecho de que haya más hombres que mujeres en el espacio público tiene que ver con estereotipos e ideas establecidas socialmente en torno a cuáles son los roles de los hombres y cuáles son los roles de las mujeres, se trata también de un tema administrativo, es decir, en el caso de la elección de autoridades auxiliares no hay impulsos formales para alcanzar la paridad, como sucede en las elecciones reguladas por los institutos electorales, en las que se forza de alguna manera la apertura de espacios para las mujeres. El cambio debe impulsarse desde las instituciones, es muy importante que haya documentos formales que indiquen que el proceso debe darse en condiciones de equidad, de paridad, posteriormente hay que pasar a la igualdad sustantiva, es decir, cómo hacer que eso ocurra en la realidad e impacte efectivamente en nuevas relaciones, en nuevas formas de vernos entre hombres y mujeres.
CE: Finalmente ¿cuáles consideras los logros de tu investigación?
AS: Desde el principio me pareció que el proyecto podía ser muy interesante para la cámara de diputados, así que me acerqué a una diputada, le presenté el trabajo, y lo tomó como referencia para redactar una iniciativa. Si bien puedo reconocer eso como un logro personal y como un avance, considero muy importante señalar que la igualdad de género no se da sólo por decreto, claro que es fundamental diseñar instrumentos legales, sin embargo, éstos deben acompañarse de procesos que lleven hacia la igualdad sustantiva, es decir, la igualdad en los hechos, se trata no sólo de dejar abierta la posibilidad de que las mujeres participen, sino generar las condiciones para que lo hagan e impulsar dicha participación.
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