Martha Romero
Tras exponer que en los primeros 14 meses de la actual administración estatal se realizaron 98 adopciones, además de que a inicios de 2025 hay más de 150 adolescentes en espera de ser adoptados, el diputado Gerardo Pliego Santana, integrante de la bancada de Morena, propuso agilizar este proceso al otorgar a las procuradurías de protección de niños, niñas y adolescentes la facultad de promoverlo.
Por ello propuso reformar la Ley que Regula los Centros de Asistencia Social y las Adopciones en la entidad, pues al ser la adopción una institución jurídica y social que tiene como principal objetivo garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir en un entorno familiar, esto no se cumple a cabalidad porque actualmente el proceso es lento y burocrático.
Ante este panorama, planteó que en el caso de las niñas, niños y adolescentes entregados a Centros de Asistencia Social (CAS) de carácter privado, solo puedan ser adoptados, previo consentimiento de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México.
Pliego Santana precisó que para la entrega voluntaria al CAS las madres y los padres biológicos deberán adjuntar el acta de nacimiento o certificado único de nacimiento para comprobar la filiación, pero si no existen esos documentos, deberá darse vista al ministerio público.
Indicó que en caso de que alguna de las personas progenitoras sea menor de edad, se deberá ponderar su situación física, legal y emocional, a través de las entrevistas correspondientes con los equipos multidisciplinarios, se escucharán sus opiniones y las de quienes ejerzan la patria potestad sobre ellos, de manera indistinta y orientadora.
Finalmente, precisó que la adopción debe ser consentida por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México o los sistemas municipales que cuenten con centros de asistencia social, cuando se trate de una persona menor abandonada o entregada a una institución pública o privada, quien ejercerá la tutela legítima desde el momento que se realice la entrega, sin perjuicio de otorgar la guardia y custodia al centro de asistencia o institución acreditada que recibió a la niña, niño o adolescente.
(Foto: Especial Portal)
Categoría: Sociedad |
Etiquetas:
No hay etiquetas asociadas a éste artículo. |
Vistas: 516 |