Martha Romero
De los 8 mil 172 casos registrados en el país sobre violencia sexual infantil registrados en 2021, en el Estado de México se concentraron mil 494 incidentes, con lo que queda de manifiesto que cada día miles de niñas, niños y adolescentes mexiquenses son víctimas de violencia en distintas formas, tanto física como psicológica y sexual en sus hogares, escuelas, espacios públicos e incluso el mundo virtual.
Por ello, los integrantes de las comisiones unidas de Procuración y Administración de Justicia con Protección de los Derechos de las Niñas, Niños, Adolescentes y de las Primera Infancia comenzaron con el análisis de la iniciativa que propone hasta 30 años de prisión por violencia sexual cometida en contra de menores de 18 años, así como una multa de hasta 282 mil 850 pesos.
La propuesta del diputado Carlos Antonio Martínez Zurita Trejo plantea endurecer las penas para los delitos sexuales cometidos en contra de menores de 18 años, ya que actualmente hay penas de hasta 30 años de prisión por la violación cometida contra una persona menor de 15 años y mayor de 60 años, y con su iniciativa se plantea sancionar esta violación a una persona menor de 18 años y mayor de 60 años, con lo que se protegerá a toda persona menor de edad.
Entre otras penalidades, también plantea desaparecer el delito de “estupro”, sancionado con hasta cinco años de prisión, a quien tenga cópula con una persona mayor de 15 años y menor de 18 años, obteniendo su consentimiento por medio de cualquier tipo de seducción, por lo que la propuesta plantea que dicha conducta sea considerada como violación equiparada, la cual contempla actualmente penas que van hasta los 20 años de prisión.
La propuesta señala que, actualmente, el Código Penal estatal excluye del delito las conductas en las que el ofendido es menor de 15 años y mayor de 13 años, y haya dado su consentimiento para la cópula, exista una relación afectiva con el inculpado y la diferencia de edad no sea mayor a cinco años entre ellos, a fin de no criminalizar las relaciones con estas características, en las que se presume que no hay intención de cometer un delito.
También busca mantener dicha exclusión del delito, pero cuando el ofendido sea menor de 18 años y mayor de 13 años y cuando la diferencia de edades entre el ofendido y el inculpado sea de tres años.
(Foto: Especial Portal)
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