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Declaran extinto al Partido Nueva Alianza

Martha Romero

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) aprobó la declaratoria de pérdida de registro del partido político local Nueva Alianza Estado de México por no haber obtenido por lo menos el 3% de la votación válida emitida en la elección de diputaciones locales 2024, cuya jornada electoral se celebró el pasado 2 de junio. 

En sesión extraordinaria fue aprobado el proyecto de acuerdo, mismo en el que la consejera Karina Ivonne Vaquera Montoya solicitó excusa a través de un oficio para no participar en la deliberación y votación respectiva. 

Cabe señalar que en el pasado mes de agosto la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) acordó que el recursos promovido por el partido Nueva Alianza Estado de México (NAEM) era improcedente, por lo tanto, perdía su registro como fuerza política local

El juicio de inconformidad fue promovido por NAEM en la Sala Superior después de que tanto el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) como la Sala Toluca del TEPJF determinaron que no alcanzaba el registro como partido político local porque en la elección del pasado 2 de junio no obtuvo el tres por ciento de votación que exige la ley.

Los magistrados consideraron que el recurso no era procedente porque no se actualizó el requisito especial de procedencia.

Además, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) con anterioridad ya había declarado el inicio del procedimiento de liquidación del partido político y designó a Elías Velázquez Colín, servidor público electoral adscrito a la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF), como interventor responsable del control y vigilancia directos del uso y destino de los recursos, bienes, obligaciones y remanentes de Nueva Alianza Estado de México.

Por ello, durante la fase preventiva del procedimiento de liquidación, NAEM únicamente podía pagar los gastos relacionados con nóminas e impuestos, por lo que tenía que suspender cualquier pago a personas proveedoras o prestadoras de servicios.

También, los bienes muebles e inmuebles que integran su patrimonio no se podrán enajenarse, gravarse ni donarse, además de que las ministraciones por concepto de financiamiento público, durante lo que queda del ejercicio 2024, deberán ser depositadas en la cuenta bancaria que determine el interventor.

(Foto: Especial Portal)


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Sociedad
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