2022-08-25-proponen-carcel-de-hasta-5-anos-a-conductores-ebrios-o-bajo-el-influjo-de-drogas

Proponen cárcel de hasta 5 años a conductores ebrios o bajo el influjo de drogas

La diputada de Morena, María del Rosario Elizalde Vázquez, presentó la iniciativa con proyecto de decreto para la reforma del artículo 196 del Código Penal del Estado de México y diversas disposiciones del Código Administrativo del Estado de México a efecto de sancionar a las personas que conduzcan en estado de ebriedad, bajo el influjo de drogas, enervantes y otras sustancias que produzcan efectos análogos con prisión de 3 a 5 años.

Al exponer la iniciativa ante la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia del Congreso Mexiquense, la legisladora recordó que, a nivel nacional, año 2020, en México se reportaron 301 mil 678 accidentes, de los cuales 245 mil 297 registraron solo daños materiales mientras que en 52 mil 954 existieron víctimas-heridos y los 3 mil 427 accidentes restantes corresponden a eventos con al menos una persona fallecida en el lugar del accidente. 

“Lo anterior nos lleva a replantear una política criminal efectiva y medidas administrativas que reduzcan los índices de accidentes automovilísticos producidos por conductores en estado de ebriedad o bajo el influjo de  estupefacientes”, dijo. 

Al tiempo que añadió que tratándose de conductores de vehículos de transporte público de carga o de pasajeros, de servicio oficial, o de personal o escolar, se propone imponer de tres a cinco años de prisión y de cincuenta hasta noventa veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización vigente, así como la suspensión hasta por dos años de la licencia o permiso para operar o conducir vehículos de transporte público o de carga. 

Y estableció que de aprobarse la presente iniciativa el Oficial Conciliador deja de ser la persona que conozca de la falta administrativa, que pasa a regularse como delito en el artículo 196 del Código Penal, para que la autoridad ante la cual se deberá presentar a las personas que muestren síntomas de que conducen en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas enervantes, sea el Ministerio Publico; de igual manera se reforma el artículo 8.18, a fin de que el arresto inconmutable de 12 a 36 horas deje de imponerse, por ser inconstitucional. 

Tras esto, las y los integrantes de la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia de la LXI Legislatura, que preside el diputado Gerardo Ulloa,  iniciaron el análisis de la propuesta para su posterior discusión y probable aprobación.

(Foto: Especial Portal)


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Nacional
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