2020-06-24-la-diversidad-sexual-no-es-una-enfermedad-piden-sancion-penal-a-terapias-de-conversion

La diversidad sexual no es una enfermedad, piden sanción penal a “terapias de conversión”

En el ámbito legal, en nuestro país, con fundamento en el artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos de las libertades de las personas”. 

Redacción

Lo anterior en concordancia a lo estipulado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que establece que “el derecho a la no discriminación consagra la igualdad entre las personas, por lo que las distinciones basadas en el género, la raza, la religión, la orientación sexual, entre otras, se encuentran específicamente prohibidas referente al goce y ejercicio de los derechos sustantivos consagrados en instrumentos internacionales”. 

Sin embargo, pese a lo anterior, las llamadas “terapias de conversión”, “terapias reparativas” o como recientemente se han categorizado: Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), continúan fomentando estigmas y desvalorización de las personas Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transexuales, Transgénero, Travestís e Intersexuales (LGBTTTI) en el país. 

Es por ello que ahora en el Estado de México, tras poco más de un año de trabajos conjuntos con la diputada de la LX Legislatura del Estado de México, Beatriz García Villegas, hemos promovido una Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar el artículo 211 del Código Penal mexiquense, con el objeto de prohibir y sancionar las “terapias de conversión” por orientación sexual, expresión o identidad de género en la entidad. 

Con esta acción, se buscará sancionar de uno a tres años de prisión, de 150 a 300 días de trabajo a favor de la comunidad, y hasta 200 días multa al que promueva, ofrezca, imparta, aplique, obligue, induzca o someta a tratamiento, terapia o cualquier tipo de servicio que pretenda cambiar la orientación sexual y/o identidad de género de una persona. 

En mérito de lo expuesto y fundado, esta Asociación Civil hace un llamado a la Legislatura Mexiquense, a efecto de que se discuta y avance dicha iniciativa en las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales e Igualdad de Género y, con ello, implementar estas acciones y medidas necesarias en contra de todas aquellas personas que busquen menoscabar la integridad de las y los ciudadanos mexiquenses. 

El amor, el orgullo, la justicia, la integridad, la cientificidad y la democracia serán nuestras herramientas para seguir trabajando por una sociedad más justa, donde todas las personas seamos libres. 

(Foto: Especial Portal) 


Categoría:
Nacional
Etiquetas:

    No hay etiquetas asociadas a éste artículo.

Vistas:
66

Notas Relacionadas