Reincorporación a los centros de trabajo durante la pandemia
Muchas cosas ya no serán igual para los centros de trabajo, seguramente en este momento los directivos están trabajando a marchas forzadas desde casa para establecer criterios mínimos que propicien la nueva normalidad. La consigna es recuperar paulatinamente las tareas fundamentales de cada organización y continuar las operaciones, en un ambiente de incertidumbre y riesgos de salud.
En España e Italia ya se han hecho públicos algunos documentos para avisar a las partes interesadas -empleados, patrones, directivos- la estrategia para armonizar la vuelta a las labores en medio de la pandemia. Recordemos que, aunque finalice la cuarentena, no significa que se terminó el coronavirus, y aunque lo deseable es que siguiéramos en nuestras casas, la realidad económica hace que volvamos al trabajo, si es que queremos proteger el bienestar de las familias.
Algunas recomendaciones básicas para la vuelta al trabajo y que debiéramos encontrar prácticamente en todos lados como parte de la nueva cultura laboral son las siguientes:
- Reincorporación gradual y progresiva. Los grupos de riesgo no deberían volver a los centros de trabajo en esta primera fase, por lo que no se debe considerar en un primer momento la reincorporación de los trabajadores que sufran de:
- Diabetes,
- Enfermedad cardiovascular, incluida la hipertensión,
- Enfermedad pulmonar crónica,
- Inmunodeficiencia Humana,
- Cáncer en fase de tratamiento activo,
- Mujeres embarazadas,
- Mayores de 60 años.
- Flexibilización de horarios. Hasta que se pueda llegar a una situación de mayor normalidad, es necesario mantener y adoptar medidas de flexibilización, que podrán referirse tanto a las horas de entrada y salida, para evitar aglomeraciones en horas pico, como al establecimiento de turnos. Estas circunstancias estarán en paralelo al mantenimiento de la posibilidad de trabajo en modalidades no presenciales, como el teletrabajo, que deberá regularse en el corto tiempo, de la mano de los sindicatos.
- Equipos de protección individual. Se deberá determinar el uso de la protección individual (mascarillas, cubrebocas, equipo especializado) adecuada y proporcional al riesgo de cada puesto de trabajo.
- Atención al público. Se deberán hacer públicas nuevas normas para la atención a personas que acuden a realizar trámites, debiendo implantar la cita por teléfono e internet, para controlar el número de personas que permanecen en espacios de trabajo.
- Adecuación de instalaciones. Se deberán tomar las medidas adecuadas para posibilitar el distanciamiento social de 2 metros, y se tendrán que establecer horarios para la higiene de manos, por lo que se deberá asegurar la disponibilidad de agua, jabón, toallas de papel desechables y gel antibacterial, junto al cumplimiento de las medidas de higiene recomendadas a la hora de toser, estornudar o evitar tocarse cara y ojos, aplicando el denominado “estornudo de etiqueta”.
Las nuevas condiciones de la “normalidad laboral” en el corto plazo obligan a que todas las medidas señaladas sean categorizadas como nuevos riesgos de trabajo.
*Consultor en Gobernova
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