18/Apr/2024
Portal, Diario del Estado de México

Propone Karina Labastida expedir ley de declaración especial de ausencia

Fecha de publicación:

La diputada Karina Labastida Sotelo propuso a la 60 Legislatura, en nombre del Grupo Parlamentario de morena, expedir la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas en el Estado de México, a la par de abrogar la actual ley en esta materia.

Redacción

La iniciativa tiene, entre otros propósitos, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos a la identidad y personalidad jurídica de las personas desaparecidas, brindar certeza jurídica de manera expedita a los familiares, dependientes económicos o quien tenga un interés jurídico de la persona desaparecida y otorgar las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a sus familiares.

Propone, además, establecer el procedimiento en el Estado de México para la emisión de la Declaración Especial de Ausencia, mismo que no podrá exceder el plazo de seis meses a partir del inicio del procedimiento, así como señalar sus efectos hacia la Persona Desaparecida, los Familiares o personas legitimadas por ley, una vez que ésta es emitida por el Órgano Jurisdiccional competente.

La iniciativa de la presidenta de la Comisión Legislativa Especial para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género Contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición busca además reformar los códigos Civil y Financiero, así como la Ley Orgánica del Poder Judicial, la de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios y la del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.

Karina Labastida dijo que la desaparición de personas está íntimamente relacionada con la declaración especial de ausencia, un procedimiento aplicado a las víctimas directas de los delitos de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.

Su importancia radica, abundó, en que es un proceso adecuado y respetuoso de principios, que garantiza la protección de una serie de derechos no solo a las víctimas, sino también a sus familiares.

La propuesta de la nueva ley, que contendrá figuras jurídicas y procedimientos previstos en la ley federal de 2018, permitirá crear la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado de México, cambiar la presunción de muerte por la presunción de vida, y reconocer, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y de los derechos a la identidad.

También busca complementar conceptos y términos como asesor jurídico, búsqueda, desaparición, persona desaparecida, familiares y juez de Declaración de Desaparición de Personas, e incluir los principios de buena fe, celeridad, enfoque diferencial y especializado, gratuidad, igualdad y no discriminación, indivisibilidad e interdependencia, inmediatez, máxima protección y perspectiva de género, entre otros. 

Sobre las reformas al Código Civil, la legisladora explicó que, esencialmente, transforman la perspectiva de localización de las personas declaradas como desaparecidas, es decir, cambian la presunción de muerte por la presunción de vida, lo que actualiza la legislación con los nuevos esquemas internacionales.

Por lo que toca a la reforma al Código Financiero del Estado de México y Municipios, expuso que permitirá que quienes tengan Declaración Especial de Ausencia no estarán obligados al pago de contribuciones y aprovechamientos, lo que ayudará a que durante el tiempo que permanezca la presunción de vida, la familia sólo se preocupe por localizar a sus seres queridos.

En tanto, las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial implican dotar a la entidad de los primeros juzgados especializados en Declaración Especial de Ausencia, que no tiene ni el Poder Judicial Federal, lo que se justifica al ser el Estado de México una de los que presenta un mayor número de personas desaparecidas.

La Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios se reformaría para que los familiares o dependientes económicos no se queden sin servicios médicos mientras se conserve la presunción de vida de un trabajador gubernamental, mientras que gracias a las modificaciones a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios, las instituciones públicas deberán abstenerse de terminar la relación laboral de un trabajador que tenga la calidad de persona desaparecida y cuente con Declaración Especial de Ausencia.

La iniciativa fue remitida a las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y la Especial para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género Contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición, para su análisis y dictamen.


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