Martha Romero
A partir de octubre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) simplifica los trámites de RFC y firma electrónica (e.firma), además de otorgar facilidades a los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) y agiliza la obtención de la Constancia de Situación Fiscal.
María de Lourdes Iglesias Chávez, administradora desconcentrada de Servicios al Contribuyente de México 1 del SAT explicó que para tramitar la inscripción en el RFC para personas físicas y morales ya no se requiere que el contribuyente realice la preinscripción en el Portal del SAT previo a su cita.
Añadió que sólo requieren presentar la credencial para votar vigente expedida por el INE con domicilio vigente y completo, toda vez que ya no es necesario presentar el CURP y comprobante de domicilio, mientras que para la renovación de la e.firma de personas físicas que tenga menos de un año de vencida, el trámite lo pueden realizar por los canales remotos; en caso de que lo realicen en las oficinas del SAT, solo debe presentar una memoria USB e identificarse con la huella digital.
Para el caso de la constancia de situación fiscal, dijo que la pueden obtener en las oficinas del SAT solo con la huella digital o credencial para votar, y desde cualquier lugar a través del Portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, chat y oficina virtual.
Además, dijo, se habilitará la cédula de datos fiscales como una nueva forma para que los contribuyentes puedan consultar de manera práctica datos como nombre, RFC, régimen fiscal y código postal, lo que se puede consultar en https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/.
Iglesias Chávez refirió que para el caso de los contribuyentes que tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), estos quedan exentos de presentar declaración anual y solo tienen que presentar pagos mensuales, mientras que los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito ahora podrán tributar en este régimen.
Finalmente, señaló que las personas físicas que salieron del Resico pueden volver al presentar un caso de aclaración o bien un aviso de actualización de actividades ante el SAT, acciones con las que refrenda su compromiso para agilizar trámites y dar la mejor atención al contribuyente de manera presencial y remota.
(Foto: cortesía)
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