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Oficializan la creación de Juzgados LIBRES en Edomex para garantizar justicia con perspectiva de género

Martha Romero 

La diputación permanente del Congreso Mexiquense declaró aprobada la minuta de proyecto de decreto que reforma diversos artículos de la Constitución Política del Estado de México, en materia de creación de juzgados especializados en emitir órdenes y medidas de protección.

El objetivo es responder sin retrasos y trabajar en coordinación para garantizar seguridad y acompañamiento a quienes más lo necesitan.

La minuta señala que las modificaciones a los artículos 5 y 88 de la Constitución Política del Estado de México dan vida a un órgano jurisdiccional tanto de operación permanente como especializada en órdenes y medidas de protección urgentes las 24 horas en todo el territorio estatal.

La minuta que fue aprobada con el voto mayoritario de los Ayuntamientos mexiquenses fue una iniciativa de reforma constitucional para la creación del Juzgado LIBRE (libertad, igualdad, bienestar, redes y emancipación), impulsada por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, el titular del Tribunal Superior de Justicia estatal (TSJEM), magistrado Héctor Macedo García y el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) Francisco Vázquez Rodríguez.

La iniciativa fue aprobaba por unanimidad por el Pleno de la LXII Legislatura del Estado de México el pasado 10 de diciembre. 

La minuta que reforma el articulo 5 párrafo doceavo, señala que toda persona tiene derecho a vivir una vida libre de violencia, por lo que todas las autoridades del Estado de México y los municipios, en el ámbito de sus competencias, tienen deberes reforzados de protección con las mujeres, adolescentes, niñas y niños con el fin de garantizar su derecho humano a una vida libre de violencia y a la integridad personal, tanto en el ámbito público como privado.

Precisa que deben garantizar en la elaboración y ejecución de políticas públicas, los principios de igualdad jurídica, respeto a la dignidad humana de las mujeres, adolescentes, niñas y niños, perspectiva de género, no discriminación, así como libertad y desarrollo integral.

Indica que deben actuar con la debida diligencia a través de los principios ya reconocidos en la Constitución Política federal, además de que la ley definirá las bases y modalidades para su ejecución.

Mientras que el artículo 88, párrafo primero, inciso b, refiere que en tribunales y juzgados de primera instancia, juzgados de cuantía menor, juzgados especializados en ordenes y medidas de protección, así como tribunales laborales, deben estar organizados de acuerdo con su competencia, mientras que los órganos jurisdiccionales aplicarán las leyes federales, tratándose de jurisdicción concurrente.

(Foto: Especial Portal)


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Sociedad
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