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Acredita TEEM violencia política en razón de género a exfuncionario de Ecatepec

Martha Romero

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió que Juan Gabriel Salazar Martínez, exdirector del Ayuntamiento de Ecatepec, cometió en Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG) en contra de Azucena Cisneros Coss.

La sentencia se derivó de hechos ocurridos durante el proceso electoral de 2024 donde se renovaron los 125 ayuntamientos y las diputaciones locales. 

Tras analizar las publicaciones denunciadas y las pruebas recabadas, las magistraturas acreditaron que el exfuncionario financió la difusión de un video en redes sociales con expresiones sustentadas en estereotipos de género que vulneraron la dignidad de la entonces candidata a la presidencia municipal. 

Como parte de las medidas de reparación y sanción, el TEEM ordenó a Salazar Martínez retirar las publicaciones denunciadas de Facebook y emitir una disculpa pública en esa misma red social, la cual deberá permanecer visible durante 18 días naturales.

Además, deberá acreditar un curso de capacitación en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género impartido por la Secretaría de las Mujeres estatal.

El TEEM también dio vista al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) para que el exfuncionario sea inscrito en los registros nacional y estatal de personas sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género por un periodo de un año, contado a partir de que la sentencia cause efectos.

En la misma resolución, identificada con el expediente PES/247/2024, el órgano jurisdiccional declaró la inexistencia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género imputable al resto de las personas denunciadas, así como la inexistencia de la calumnia señalada en la queja.

La sesión pública se llevó a cabo en cumplimiento de la sentencia emitida por la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el juicio ST-JDC-118/2026.


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Sociedad
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