Leobardo Hernández
Con 5 votos en contra y 7 a favor, las impugnaciones a la reforma al Poder Judicial de la Federación fueron sobreseídas en las Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que no hay impedimento alguno para realizar la elección de ministros, magistrados y juzgadores en 2025, como se tenía previsto por mandato constitucional.
El proyecto promovido por el ministro Juan Luis Alcántara Carrancá que pretendía la inconstitucionalidad de la ahora ley judicial que estima la elección de ministros, magistrados y jueces, además de reducir sus excesivos salarios, fue desechada por la Sala Superior de la SCJN al no alcanzar los 8 votos de mayoría requeridos para que procediera dicha acción.
Las y los ministros que han mostrado animadversión a la reforma judicial, ya una ley constitucional, actuaron en abierto desacato a la Carta Magna, pues estaba fuera de sus facultades determinar la constitucionalidad de esta reforma, al ser procesada debidamente por el Poder Legislativo, con lo que de forma legítima se estableció en el Diario Oficial de la Federación.
No obstante, el ministro Alcántara Carrancá dio entrada a los recursos de inconstitucionalidad promovidos por el Partido de la Revolución Institucional (PRI) y el Partido Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano (MC), por lo que se discutió este martes dicha controversia en la SCJN.
De último momento, el ministro Alberto Pérez Dayán (identificado por favorecer intereses del Grupo Elektra al bloquear la demanda de adeudo al SAT de Salinas Pliego), se desistió de votar a favor del ministro Alcántara Carrancá, con lo que perdió la posibilidad de los 8 votos necesarios para revertir la reforma, aunque esto en un marco de clara ilegalidad al ir el proceso contra la constitución y las facultades de la SCJN.
De esta forma, el voto de Dayán se sumó a los de las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz respecto a que los partidos políticos no tienen personalidad jurídica para promover recursos de inconstitucionalidad.
En tanto, las y los ministros que pretendían someter a juicio y eventual anulación la reforma con el voto a favor de dicho proyecto fueron Norma Lucía Piña Hernández, Margarita Ríos Farjat, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Luis María Aguilar Morales, Javier Laynez Potisek y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Con esta base, se desestimó dar vista al recurso emitido por Juan Luis Alcántara Carrancá.
Los hechos mafiosos
Al notar que no se alcanzaron los 8 votos necesarios para revertir la reforma, la ministra presidenta de la SCJN intentó un artilugio legal al invocar la mayoría de 6 votos que marca, irónicamente, la nueva ley judicial; sin embargo, ésta sólo está prevista en la nueva composición de 9 ministras y ministros de la Suprema Corte, no en la alineación de once a la que se apegan las y los actuales ministros, por lo que fue en vano su intento.
(Foto: SCJN)
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