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Sin pruebas, denunció el PRI a Morena por entrega de despensas, afirma TEEM

Sarahi Rojas

La tarde del martes, el Tribunal Electoral del Estado de México emitió un fallo en el que declara inexistente la presunta violación de la ley y el uso indebido de recursos públicos por parte del partido Morena. Esta decisión se refiere específicamente a las acusaciones relacionadas con la entrega de despensas a ciudadanos en San Mateo Chipiltepec, en el municipio de Acolman, Estado de México.

Las denuncias, presentadas por parte de la ‘Coalición Va Por México’, alegaba que Morena había llevado a cabo la entrega de despensas en un intento de influir en el voto de la población. Sin embargo, el tribunal determinó que no se pudo acreditar la entrega de dichas despensas durante el mes de abril.

El tribunal destacó que, si bien es importante mantener una vigilancia constante sobre el uso de recursos públicos durante los procesos electorales, es igualmente esencial contar con pruebas sólidas y verificables para respaldar las acusaciones. En este caso particular, la falta de evidencia concluyente sobre la entrega de las despensas en cuestión llevó al tribunal a descartar las acusaciones contra Morena.

Denuncia por Uso Indebido de Programas Sociales y Transgresión Electoral

En una reciente denuncia presentada por Morena contra la candidata por la gobernatura de la entidad, Alejandra del Moral y sus aliados políticos, han sido señalados por presuntamente incurrir en el uso indebido de programas sociales y violar los principios rectores en materia electoral.

La acusación se deriva de la difusión de un spot de radio a favor de la denunciada y de la coalición ‘Va por el Estado de México’. Según la parte actora, esta acción implica actos de coacción, presión e inducción del voto de la ciudadanía mexiquense a través de programas sociales vigentes en la entidad, lo que vulnera los principios del sufragio y la equidad en la contienda.

Sin embargo, el Tribunal Electoral del Estado de México ha determinado la inexistencia de la violación denunciada. Según el tribunal, la emisión del promocional en radio no constituye un uso indebido de programas sociales con el fin de coaccionar a la ciudadanía en el momento de emitir su voto. En cambio, se considera como propaganda electoral de campaña, algo que los denunciados pueden difundir para presentar y promover la candidatura registrada, así como exponer propuestas de gobierno en caso de obtener el triunfo.

Además, no se cuenta con ninguna constancia que demuestre que los denunciados, a través de la difusión del promocional en radio, generen presión, amenazas o violencia para forzar el voto de la ciudadanía, a pesar de hacer referencia a la mejora de un programa social vigente en el Estado de México conocido como "Salario Rosa". En cambio, se interpreta como una propuesta o promesa de gobierno, lo cual no está prohibido.

(Foto: TEEM)


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