Eric Rosas
Legalización del plagio
Ha trascendido que el diputado federal plurinominal del partido oficial, Manuel Alejandro Robles Gómez presentó en días pasados ante la Cámara de Diputados una propuesta para modificar la Ley Reglamentaria del Artículo Quinto Constitucional relativo al ejercicio de profesiones en la Ciudad de México. En su documento el legislador propone que todos entendamos como plagio (Artículo 74 de la referida ley) a “la apropiación indebida de las ideas, manifestaciones, escritos u obras ajenas con el fin de presentarlas como propias”, y se adicione (Artículo 75) que “Tratándose de plagio en los trabajos de investigación que se realicen con motivo de obtener el título profesional y la cédula de ejercicio con efectos de patente que señalan los artículos Primero y Tercero, respectivamente, de la presente ley, será causal de anulación del registro del título profesional y revocación de la cédula de ejercicio con efectos de patente que se le hayan otorgado a la persona que actualice la hipótesis normativa en el presente artículo.” Hasta aquí, todo parece muy bien, sobre todo a la luz de los acontecimientos recientes; sin embargo, al mismo tiempo sugiere que dicha anulación sólo pueda hacerse en los primeros cinco años tras la consecución del título, con lo que, pasado ese tiempo, cualquier plagiario podría mantener legalmente el obtenido por este medio anti ético.
Las ideas, según se creía, eran lo único cuya propiedad las personas podíamos sentirnos seguros de que nadie jamás nos arrebataría. Ahora sabemos que no es así, pues el plagio es, quizá la peor y más deleznable forma de usurpación y lamentablemente nuestras obras científicas, literarias o técnicas cada vez quedan más expuestas para el aprovechamiento ajeno, ante los eficientes medios de almacenamiento y transmisión de la información, y la facilidad con la que podemos acceder a ésta, sin importan en qué punto del orbe se haya generado.
El caso de la señora Yasmín Esquivel Mossa ciertamente ha sacado a la luz pública un enorme hueco en la reglamentación interna de la Universidad Nacional Autónoma de México —y seguramente muchas otras instituciones de educación superior (IES) públicas y privadas del país, si no es que en todas— para castigar el plagio cometido con la finalidad de obtener un título profesional o un grado. De igual forma, el presunto plagio de Esquivel mostró la misma laguna en la citada ley que regula la actuación de la Dirección General de Profesiones, por lo que efectivamente ambas entidades deben subsanar de inmediato estos fallos, para que en el futuro nadie piense ni por un segundo en apropiarse de las ideas ajenas a fin de ostentarse como profesional de ninguna disciplina y menos aún ejercer como tal.
Lo que parece muy preocupante y peligroso de la iniciativa del diputado Robles es que se pretenda invadir la autonomía de las casas de estudio, para sobre de ésta imponer una ley que claramente va en contra de la ética profesional que debe imperar en todos los universitarios y que, por lo mismo, tendría que ser custodiada por la sociedad en su conjunto. La ley que regula el ejercicio de las profesiones en México efectivamente debe establecer con claridad que cualquier título obtenido faltando a los principios de la ética, debe ser invalidado, pero tal anulación no tendría que prescribir jamás, pues dicha expiración efectivamente termina por legalizar la práctica, bajo la condición de que durante el primer lustro de cometida la fechoría, se logre que nadie se de cuenta; lo que no es tarea difícil al inicio de una vida profesional. En todo caso se deben elevar el costo y las penas para los plagiarios; al tiempo que las IES implementan mecanismos para eliminar esta práctica.
Lo anterior, dicho sin aberraciones.
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