A un mes de que se postergara la primera audiencia, finalmente los colectivos INEETSI y Salvemos el Parque Sierra Morelos se presentaron ante el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Civil y Administrativa del Poder Judicial de la Federación, donde presentaron pruebas para soportar su demanda por la que se oponen a la construcción del Centro de Bienestar Animal dentro del Parque Sierra Morelos.
A su decir la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Comisión Estatal de Parques Naturales y de la Fauna junto con la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente están acordando este proyecto incumpliendo la ley
Irma Rodríguez Albarrán a nombre de los colectivos afirmó que la lucha que están haciendo es en beneficio de toda la sociedad, incluso en beneficio de las personas que están involucradas en la construcción del Centro, atendiendo a otros intereses, pero no a los de la ciudadanía.
“Protegiendo al Parque, protegemos a todos quienes reciben beneficios ambientales”.
En su informe ante el Juzgado fundamentan el por qué no es posible construir el Centro de Bienestar Animal dentro de un área natural protegida, presentaron argumentos legales y evidencias que buscan proteger la integridad del parque, instando a las autoridades a tomar decisiones responsables.
El Parque Sierrra Morelos, dijeron, es un espacio natural protegido que enfrenta amenazas que comprometen su biodiversidad y su función como área de conservación.
Rodríguez Albarrán señaló que en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece la supremacía de las leyes, poniendo sobre todas la Constitución federal y las leyes que de ella emanen, además de los tratados internacionales o acuerdos autorizados por el Senado.
En ese sentido explicó que la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente es reglamentaria a la Constitución, por lo tanto, una norma que debe ser acatada por las entidades federativas.
Dicha Ley establece en su inciso F de la fracción II del artículo 47 Bis que, solamente puede haber construcciones para servicio de los visitantes y para investigación y monitoreo del clima; en el caso de investigación, ésta debe ser sobre biodiversidad y no de otro tipo. Esto es parte de los objetivos de crear un área natural protegida, “protegerla de la urbanización que incluye hacer construcciones”
Los servicios que un área natural protegida puede dar va desde la generación de oxígeno a través de toda la vegetación que en ella se desarrolla, la recarga de acuíferos a través de la filtración de agua de lluvia que se hace en toda el área natural protegida; además de la regulación del clima, posibilitando temperaturas más agradables al ser humano.
Así este ordenamiento está por encima, incluso, de la Constitución del Estado de México, por ello, cualquier permiso o licencia de construcción dentro del Parque Sierra Morelos, no puede ser válido porque la ley en referencia tiene una jerarquía mayor.
En tal sentido afirmo “Sí se aplica la ley, si no hay corrupción lograremos suspender de manera definitiva esa construcción”.
También refirieron que en el permiso que proporcionó la Secretaría del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible a la Cepanaf, afirman que dan el permiso porque corresponde a una zona urbana, y en otras partes de diversos documentos señalan que es una obra en una zona en proceso de urbanización, sin embargo, el Parque Sierra Morelos corresponde a un área natural protegida, “por lo tanto su fundamento que es ilegal”.
Asimismo, Rodríguez Albarrán señaló que la política federal es lograr para 2030 la protección de 30 por ciento del suelo nacional, sin embargo en el Estado de México no lo hacen.
En este punto, mencionó como ejemplo el gobierno de la Ciudad de México, donde incluso 11 hectáreas que fueron invadidas y se construyó vivienda, fueron restituidas y 48 casas fueron demolidas, lo que es ejemplo de que cuando se hace valer la ley, todo es posible.
Lamentablemente, dijo, en el Estado de México parece estar a la inversa de esa política nacional y en lugar de respetar simplemente un área que ya está protegida, la pretenden invadir y reducir su espacio.
En el Código de la Biodiversidad del Estado de México, señaló, en su artículo 2.2 en su fracción VI establece la preservación, conservación, rehabilitación, recuperación, remediación, restauración y protección a la biodiversidad, al medio ambiente y al equilibrio ecológico y en su caso concurrir con la federación en la política que al respecto se dicte, cuando el asunto sea de interés nacional.
En este caso, puntualizó, hacer que se logre el propósito de proteger 30 por ciento del territorio nacional es de interés nacional e incluso global, debido al cambio climático y a los escases de agua que padecemos.
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