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Ernestina Asencio… ¿y la justicia?

René T. Pérez Ávila

En el 2007, Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena náhuatl de 73 años, fue agredida sexualmente por soldados del ejército mexicano establecidos cerca de su comunidad. Debido a ello sufrió lesiones que provocarían su fallecimiento, pues además le negaron el acceso oportuno a la atención médica. Ernestina falleció debido a sus lesiones. La primera autopsia fue realizada por la médica María Catalina Rodríguez Rosas y el médico Juan Pablo Mendizábal Pérez, adscritos a la Procuraduría General de Justicia de Veracruz. Su diagnóstico: Ascencio había sido víctima de violación sexual. Los familiares de Ernestina denunciaron el ataque sexual. Su caso trascendió a nivel nacional, por lo que el 13 de marzo de 2007 el entonces presidente de México, Felipe Calderón Hinojosa, de manera irresponsable comentó que Ascencio falleció supuestamente por una “gastritis crónica”. Esto, luego de que la Presidencia y el Gobierno de Veracruz encabezado por Fidel Herrera ejercieran presión para que los peritos médicos legistas cambiaran su dictamen inicial. La versión de Calderón fue respaldada por la CNDH de ese entonces mediante la Recomendación 34/2007. En la que se asienta “se detectaron diversas omisiones e inconsistencias en los estudios técnicos periciales realizados por la doctora María Catalina Rodríguez Rosas y el doctor Juan Pablo Mendizábal Pérez”. En la recomendación de mérito incluso se solicitó apartar de sus cargos a los médicos que realizaron la autopsia porque incurrieron, supuestamente, en acciones y omisiones durante su trabajo. A partir de septiembre de 2007 colectivos y organizaciones de la sociedad civil denunciaron la parcialidad de la recomendación, pues existían inconsistencias de forma y fondo y se omitió la violación sexual, por lo cual se impedía el acceso a la justicia para vincular a proceso a los responsables.El caso aquí resumido con información tomada de la plataforma oficial de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Derechos humanos siguió un tortuoso camino por las instancias de Procuración de Justicia Mexicanas, hasta llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos un tribunal judicial autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) que interpreta y aplica los postulados de la Convención Americana sobre derechos Humanos (Pacto de San José), cuyos fallos son obligatorios para los países que a través de tratados internacionales han aceptado su jurisdicción, como México donde el artículo 133 de la Constitucional les otorga la categoría de ”Ley suprema”. Así a casi diecinueve años de acontecidos los hechos la Corte Interamericana dictó una sentencia en la que determina que el Estado Mexicano es responsable por la violación Sexual, tortura y Muerte de Ernestina Ascencio perpetrada por Militares, la sentencia fue notificada oficialmente el 16 de diciembre de 2025, en este fallo, el Tribunal internacional determinó también que el Estado incumplió su deber de brindar atención médica oportuna y adecuada a la víctima lo que contribuyó a su fallecimiento. La Corte concluyó que existió una falta de debida diligencia en la investigación inicial y que se violó el derecho de acceso a la justicia de sus familiares. Por ello la sentencia ordena al Estado mexicano realizar una investigación penal exhaustiva, y llevar a cabo un acto público de reconocimiento de responsabilidad y brindar tratamiento integral a los hijos de la víctima. Por su parte, el gobierno de México, a través de la presidencia, confirmó el 17 de diciembre de 2025 que acatará la sentencia en su totalidad. En los foros jurídicos es muy citado un adagio que dice “Justicia retardada es Justicia denegada”. El caso aquí reseñado es una muestra palpable de la vigencia de esta afirmación, pues tuvieron que transcurrir diecinueve años para que los familiares de la víctima vislumbren una solución digna y efectiva a sus ruegos de justicia, constituye también una vergonzosa muestra de la corrupción y privilegio de los intereses políticos que buscan a toda costa salvaguardar la imagen del Ejército a pesar de las evidentes acciones criminales que algunos de sus miembros perpetran contra la ciudadanía, sobre todo en aquellos sectores más desprotegidos, como son los núcleos que forman nuestros pueblos indígenas.

Es cuánto.

*Magistrado en retiro del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México.



Columnista:
René Tomás Pérez Ávila
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