Martha Romero
El Servico de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de factura electrónica (CFDI), por lo que el emisor que condicione la expedición de una factura a cambio de la entrega de dicho documento, incurriría en una infracción que se sanciona con una multa que va de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos, informó Bruno Manuel Ibarra Reyes, Administrador Desconcentrado de Recaudación México 2.
Explicó que de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, se considera una infracción el condicionar la emisión de factura electrónica a la entrega de la Cédula de Identificación Fiscal o de la Constancia de Situación Fiscal, y se castiga a quien lo realice con la referida multa, por lo que para combatir estas prácticas, los contribuyentes pueden presentar denuncias en el portal del SAT, incluso sin contar con contraseña o firma electrónica, mediante el apartado de no emisión de factura.
Precisó que para facturar, el emisor únicamente requiere la clave de RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal, datos que son suficientes para cumplir con la normativa sin necesidad de solicitar información adicional que podría exponer datos sensibles como domicilio o actividad económica, mismos que se pueden obtener con la cédula de datos fiscales en vinculo https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos fiscales/.
Aclaró que los empleadores no deben solicitar a sus trabajadores la constancia de situación fiscal para el timbrado de nómina, ya que pueden solicitar los datos mediante un caso de aclaración en términos de la ficha de trámite 44/CFF Solicitud de datos en el RFC de asalariados del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Recordó que la constancia contiene información relevante únicamente para el contribuyente, como sus actividades económicas, obligaciones y domicilio fiscal, por lo que no se requiere para la emisión de factura electrónica.
Ibarra Reyes refirió que la Constancia de Situación Fiscal no tiene vigencia y se actualiza solo cuando el contribuyente realiza alguna modificación de su información en el RFC, como cambio de domicilio fiscal, actualización de régimen fiscal o actividades económicas, modificación o incorporación de CURP, entre otros, por lo que no es necesario obtenerla con una periodicidad particular.
Añadió que la Constancia de Situación Fiscal está disponible para personas físicas o morales a través del portal del SAT sat.gob.mx con contraseña o e.firma vigente.
Mientras que para personas físicas, la aplicación SAT Móvil, donde puede descargarse de forma permanente, el SAT ID a través de la cual se puede recibir de manera mensual, la oficina virtual al registrar una cita en citas.sat.gob.mx y seleccionar el servicio Entrega de Constancias, así como en las oficinas del SAT sin cita, al presentar una identificación oficial vigente o con huella digital.
Por último, sobre la vigencia del estímulo fiscal 2026, dirigido a contribuyentes con adeudos fiscales, indicó que este beneficio permite regularizarse pagando únicamente la contribución actualizada, eliminando recargos, multas y gastos de ejecución, siempre que los ingresos no hayan superado los 300 millones de pesos en 2024 e incluso en casos de fallecimiento del contribuyente, la deuda no se extingue y puede ser atendida por el representante legal de la sucesión.
(Foto: Especial Portal)
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Categoría: Economía y Trabajo |
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