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Con derecho trabajadores a denunciar impago de aguinaldo en la PDT desde el 21 de diciembre

Leonor Sánchez

A partir del 21 de diciembre los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (PDT), en caso de que su empleador no haya cumplido con el pago de aguinaldo, señaló el secretario del Trabajo del Estado de México Norberto Morales Poblete.

El funcionario llamó a los empresarios a cumplir con el pago de prestaciones que establece la ley para evitar sanciones. Aunque no descartó casos en los que no se entregue la prestación, dijo que los empresarios saben la responsabilidad que tienen y la mayoría de ellos ya tiene estipulado dentro de su programa anual de gastos la entrega de aguinaldos.

El responsable de la política laboral conminó a los asalariados a recibir orientación de la Procuraduría sobre este derecho irrenunciable, establecido en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Morales Poblete recordó que al cierre de octubre la Procuraduría de la Defensa del Trabajo había otorgado 44 mil 667 asesorías, llevó cabo cinco mil 879 audiencias y formulo en ese mismo periodo dos mil 145 demandas.  

La asesoría o consulta, detalló, pueden recibirla personalmente en las oficinas o vía telefónica, el servicio está disponible en horas hábiles durante todo el año, ya que incluso en periodo vacacional, hay guardias para atender cualquier duda que tenga el trabajador.

Sobre la entrega de aguinaldo, explicó que el monto de esta prestación anual, como mínimo, debe ser equivalente a 15 días de salario y aquellas personas durante el periodo establecido en la Ley, tienen un año para reclamarlo.

El pago de aguinaldo le corresponde a todo trabajador de base, confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores, entre otros, es decir por todo tipo de trabajo desempeñado.

Quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.

(Foto: Especial Portal)


 


Categoría:
Economía y Trabajo
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