Leobardo Hernández
La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un fuerte revés al grupo parlamentario del PAN al declarar perfectamente legítima la Reforma Eléctrica promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, luego de que en 2021 legisladores del Acción Nacional promovieran una acción de inconstitucionalidad contra la propuesta de AMLO.
A través de un comunicado, la Suprema Corte de justicia de la Nación publicó el aval a la reforma que busca revertir la paulatina privatización de la industria eléctrica, dejando atrás las especulaciones de una supuesta ilegalidad promovida por el gobierno mexicano.
Dentro de los puntos cruciales que el PAN afirmaba como actos ilegales, “la SCJN reconoció la validez de los artículos Cuarto y Quinto Transitorios que prevén la posibilidad de revocar permisos obtenidos en fraude a la ley; así como revisar, renegociar o terminar contratos suscritos con productores independientes”, se lee en el texto de la institución.

Asimismo, se determino que existe factibilidad técnica para llevar a cabo el fortalecimiento de la Comisión Federal de Electricidad y con esto tener la rectoría del estado en el mercado eléctrico, también “se determinó que en acciones de inconstitucionalidad sólo se pueden hacer valer violaciones directas a la Constitución general y a derechos humanos reconocidos en tratados internacionales, por lo que las normas impugnadas no pueden ser analizadas a la luz del TIPAT o el TEMEC, en tanto no contienen normas sobre derechos humanos”.
Igualmente se reconoció que esta reforma sí impulsa las energías renovables, por lo que no contraviene la constitución en cuanto violaciones ambientales pues “una mayoría se pronunció por la validez de los artículos 3, fracciones V, XII, XII bis, XIV; 4, fracción I y 108, fracción V, pero mediante una interpretación conforme. Es decir, a la luz del derecho a un medio ambiente sano, reconocido en el artículo 4° constitucional y los compromisos internacionales del Estado Mexicano en la Convención Marco de la ONU sobre Cambio Climático y el Acuerdo de París”.
Finalmente, otro de los puntos polémicos es el cambio de figura de la Comisión Reguladora de Energía como un ente adscrito a la CFE, respecto a ello, la Suprema Corte resolvió: “la validez de la fracción I del artículo 12 de la Ley de la Industria Eléctrica, al estimar que el deber de la CRE de considerar los criterios de planeación para otorgar permisos no lesiona su autonomía”.
(Foto: captura de pantalla)