09/May/2024
Portal, Diario del Estado de México

Facilidades en pago de impuestos a personas físicas que declaren en tiempo y forma, anuncia SAT

Fecha de publicación:

Osvaldo García

En rueda de prensa desde las instalaciones del Servicio a de Administración Tributaria en Metepec, se recordó a los contribuyentes que en este mes de abril las personas físicas deben presentar su declaración anual correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR) del 2023.
María de Lourdes Iglesias Chávez y Jesús Alberto Hop García, administradores desconcentrados de Servicios al Contribuyente de México I y II, respectivamente, explicaron que aquellos contribuyentes quienes hayan presentado su declaración y como resultado de ello les corresponda pagar, podrán hacerlo hasta en seis parcialidades.

Eso, siempre y cuando declaren sus impuestos del 1 al 30 de abril, lapso en el que también deben aportar el primer pago.


Ambos funcionarios recordaron que las personas físicas obligadas a presentar su declaración tributaria son los asalariados con un único empleador que cesaron su labor antes del 31 de diciembre del año pasado, aquellos que percibieron ingresos adicionales aparte de sus sueldos, así como aquellos que desempeñaron labores para múltiples empleadores de forma simultánea.
De igual manera, esta responsabilidad fiscal recae en aquellos que reciben remuneración desde el extranjero o de entidades no sujetas a retenciones, así como aquellos que obtuvieron ingresos por concepto de indemnizaciones.
Las personas físicas que recibieron ingresos por concepto de jubilación o pensiones también están incluidas, siempre y cuando dichas percepciones superen quince veces el salario mínimo general en su monto diario.
Igualmente, deben cumplir con la presentación de su declaración los contribuyentes que ejercieron servicios profesionales, llevaron a cabo actividades empresariales, alquilaron propiedades inmuebles, realizaron transacciones de compra o venta de bienes o percibieron ingresos por intereses o dividendos.
Para todo ello es imperativo contar con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), además de una contraseña o e.firma.

Foto: José Hernández

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