28/Mar/2024
Portal, Diario del Estado de México

Proponen cárcel de hasta 5 años a conductores ebrios o bajo el influjo de drogas

Fecha de publicación:

La diputada de Morena, María del Rosario Elizalde Vázquez, presentó la iniciativa con proyecto de decreto para la reforma del artículo 196 del Código Penal del Estado de México y diversas disposiciones del Código Administrativo del Estado de México a efecto de sancionar a las personas que conduzcan en estado de ebriedad, bajo el influjo de drogas, enervantes y otras sustancias que produzcan efectos análogos con prisión de 3 a 5 años.

Al exponer la iniciativa ante la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia del Congreso Mexiquense, la legisladora recordó que, a nivel nacional, año 2020, en México se reportaron 301 mil 678 accidentes, de los cuales 245 mil 297 registraron solo daños materiales mientras que en 52 mil 954 existieron víctimas-heridos y los 3 mil 427 accidentes restantes corresponden a eventos con al menos una persona fallecida en el lugar del accidente. 

“Lo anterior nos lleva a replantear una política criminal efectiva y medidas administrativas que reduzcan los índices de accidentes automovilísticos producidos por conductores en estado de ebriedad o bajo el influjo de  estupefacientes”, dijo. 

Al tiempo que añadió que tratándose de conductores de vehículos de transporte público de carga o de pasajeros, de servicio oficial, o de personal o escolar, se propone imponer de tres a cinco años de prisión y de cincuenta hasta noventa veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización vigente, así como la suspensión hasta por dos años de la licencia o permiso para operar o conducir vehículos de transporte público o de carga. 

Y estableció que de aprobarse la presente iniciativa el Oficial Conciliador deja de ser la persona que conozca de la falta administrativa, que pasa a regularse como delito en el artículo 196 del Código Penal, para que la autoridad ante la cual se deberá presentar a las personas que muestren síntomas de que conducen en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas enervantes, sea el Ministerio Publico; de igual manera se reforma el artículo 8.18, a fin de que el arresto inconmutable de 12 a 36 horas deje de imponerse, por ser inconstitucional. 

Tras esto, las y los integrantes de la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia de la LXI Legislatura, que preside el diputado Gerardo Ulloa,  iniciaron el análisis de la propuesta para su posterior discusión y probable aprobación.

(Foto: Especial Portal)

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