25/Apr/2024
Portal, Diario del Estado de México

Presidentes de Puntos Constitucionales y de Energía fundamentan dictamen en materia de energía y de acceso a la energía eléctrica

Fecha de publicación:

Los presidentes de las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, diputado Juan Ramiro Robledo Ruiz (Morena), y de Energía, diputado Manuel Rodríguez González (Morena), fundamentaron el dictamen que reforma los artículos 4º, 25, 27 y 28 de la Constitución Política, en materia de energía y de acceso a la energía eléctrica.

Recobrar para el país la conducción de toda la industria eléctrica

El diputado Robledo Ruiz expresó que el objetivo de la reforma constitucional es recobrar para el país la conducción de toda la industria eléctrica, organizando de nuevo a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) como ente público y transfiriendo a otras áreas las facultades de los órganos reguladores.

Además, dijo, desaparecen los certificados de energía limpia, los cuales se sustituyen con otros mecanismos; se crea un régimen excepcional al artículo 134, para que la CFE pueda disponer de una manera más libre sus negociaciones administrativas y económicas.

Subrayó que se eleva a rango constitucional el acceso de cualquier mexicano al uso y suministro de la electricidad como una condición previa para disfrutar de los derechos humanos. 

“Lo que más destaca en el dictamen es la afirmación de que permisos y contratos simplemente dejan de surtir efectos; es algo importante e inusitado”, enfatizó.

Indicó que la CFE, enseguida que entre en vigor el Decreto, procederá a diseñar un esquema tarifario con sentido de servicio público, que volverá a la electricidad un bien social y que le quite su carácter de mercancía comercial-financiera especulativa. 

Asimismo, que bajen las tarifas para el bombeo de agua potable, para el saneamiento de los pueblos y de las ciudades, para el consumo doméstico y que revise otras tarifas que beneficiarían a escuelas y hospitales públicos. 

Indicó que la propuesta plantea algo muy diferente a lo que existe desde 2013; además, se hacen 9 reformas a la iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal.

Dictamen, el más puro fruto de la voluntad y clamor popular

El diputado Rodríguez González señaló que “la reforma nos va a permitir preservar y recuperar los elementos mínimos para defender nuestra soberanía y defender el destino de nuestra patria”. Recalcó que “establece que nunca más se considerarán criterios económicos para normar la energía eléctrica”.  

Afirmó que “esta iniciativa es la más estudiada, analizada y comentada en la historia legislativa de México”, pero además contiene las propuestas que la oposición planteó. Está el acceso y uso de la energía eléctrica consagrada en el artículo 4º constitucional, como una precondición para garantizar los derechos sociales. 

Precisó que se crearán mecanismos, los cuales no podrán bursatilizarse, para certificar el uso de energía limpia en los procesos industriales y comerciales, “pero ahora sí como un instrumento que atiende la protección al medio ambiente”. 

Quedan vigentes, detalló, los organismos reguladores de energía, se mantiene el modelo de generación distribuida con paneles solares para casa habitación y establecimientos comerciales y se duplica, a través de este modelo, el nivel de electricidad que los ayuntamientos y el sector social pueden producir.     

 Además, dijo, se establecen tarifas sociales preferentes para uso doméstico, alumbrado público, agua potable y saneamiento, así como uso agrícola y de acuacultura. Se mantiene abierta la participación del sector privado en la generación de electricidad, con un 46 por ciento del mercado nacional. “Todo aquello que favorece al pueblo de México se ha incluido”.  

Moción suspensiva

El presidente de la Mesa Directiva, diputado Sergio Gutiérrez Luna, manifestó que no había materia de consulta, luego de que el diputado Salvador Caro Cabrera (MC) presentó moción suspensiva, la cual retiró, que buscaba eliminar las modificaciones de los párrafos quinto del artículo 25, sexto y séptimo del artículo 27 y cuarto del artículo 28, así como las adiciones de un párrafo séptimo al artículo 4º.


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