20/Apr/2024
Portal, Diario del Estado de México

Plantea PAN legislar sobre violencia mediática contra las mujeres

Fecha de publicación:

Las diputadas Karla Leticia Fiesco García y Brenda Escamilla Sámano, propusieron, en nombre del Grupo Parlamentario del PAN, incluir la violencia mediática como una modalidad específica en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México. 

Redacción

De acuerdo con la iniciativa, este tipo de violencia se entiende como toda acción u omisión tendiente a publicar o difundir mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio masivo de comunicación, ya sea escrito o electrónico, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra su dignidad. 

En la propuesta también se considera violencia mediática la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes de promoción sexualmente explícita, legitimando la desigualdad de trato o construyendo patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres. 

Al presentar la iniciativa, en nombre de la diputada Brenda Escamilla Sámano y del propio, Karla Fiesco afirmó que toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, sin discriminación, y a ser valorada y educada libre de patrones de comportamiento estereotipados y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.  

Señaló que aunque los medios de comunicación contribuyen a la lucha global por los derechos de las mujeres, también han sido utilizados como vehículos que permiten perpetuar diversas formas de violencia machista, acciones que se volvieron comunes y fueron aceptadas socialmente, sin que se generara conciencia sobre las consecuencias. 

Precisó que la prohibición de ejercer violencia mediática está contenida de manera implícita en los diversos tratados internacionales al referir que no se deberán reproducir estereotipos que atenten contra la dignidad de las mujeres.  

De igual modo, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer menciona que los Estados Partes deberán tomar las medidas apropiadas para

“modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos”. 

(Foto: Especial Portal) 

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